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| LA COMPRA DE LA VIVIENDA |
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la compra de la vivienda
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En el momento en el que se decide efectuar la compra se efectúa la paga y senal, cantidad de dinero que se entrega a cuenta del precio final de la vivienda, se efectúa la reserva y se procede a firmar en contrato de compraventa. En este contrato se describe la vivienda y la intención de vender, por parte del vendedor, y de comprar y pagar por la vivienda, por parte del comprador. El acto formal de la compraventa se realiza mediante un contrato firmado ante Notario, denominado escritura pública, que tras pagar los correspondientes gastos e impuestos se lleva al Registro de la Propiedad. Los documentos originales se quedan en posesión del comprador.
La compraventa de una vivienda de promoción es diferente.
En el momento en el que se efectúa la compra se entrega una senal, y se firma un contrato en el que se indica la fecha de fin de obra y su correspondiente entrega de llaves y los pagos a realizar hasta esa fecha al promotor. Una vez terminada la obra, hay que obtener la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad y se comprueba en el Registro de la Propiedad. Una vez finalizada la vivienda, puede subrogarse a la hipoteca del promotor o conseguir otra oferta financiera. Hay que tener en cuenta que el promotor no puede obligarle nunca a subrogarse y en el caso de que obtenga otra financiación, los gastos de cancelación debe pagarlos el promotor.
Finalmente, se firma la escritura pública de compraventa y la escritura de la hipoteca.
Es importante subrayar que el promotor tiene responsabilidad por los defectos de la vivienda durante 10 años, durante los cuales debe estar garantizada con un seguro denominado "decenal". Por otro lado, si la vivienda es de segunda mano, se puede realizar un Test de la Vivienda, servicio que prestan los Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos y que verificará el estado en que se encuentra la vivienda.
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